La Corte Constitucional volvió a pronunciarse de manera contundente frente a la crisis humanitaria que enfrenta el pueblo wayuu en el departamento de La Guajira.
En un nuevo auto emitido el 3 de julio de 2025, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 declaró el “cumplimiento bajo” de las órdenes impartidas hace más de siete años para garantizar el derecho al agua de la niñez wayuu, una de las poblaciones más vulnerables del país.
El tribunal hizo esta declaración tras evaluar los avances reportados por entidades del orden nacional y territorial encargadas del sector agua, así como información entregada por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y diversos sectores de la ciudadanía. La Sala encontró que, pese a las acciones realizadas, estas no han sido eficaces ni suficientes para mejorar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, zonas priorizadas por su alta vulnerabilidad.
Uno de los hallazgos más preocupantes del análisis es que las acciones urgentes contempladas en el Plan Provisional de Acción no han logrado un impacto real en el goce efectivo del derecho al agua para los niños y niñas wayuu. Según el auto, la información suministrada por las entidades carece de unidad, precisión y secuencialidad, lo que impide una evaluación adecuada del cumplimiento de las órdenes judiciales.
El alto tribunal evidenció además cinco bloqueos institucionales que han obstaculizado el cumplimiento del fallo:
- Debilidades en la recolección de información relevante.
- Fallas en la estructuración de planes integrales.
- Deficiencias en la planeación, ejecución y financiación de los proyectos.
- Problemas en la contratación.
- Falta de articulación entre las instituciones involucradas.
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